Acuerdo firmado el 18 diciembre 1997 y que permite:
1. Que los socios de ASEPA que lo deseen puedan hacerse socios de AEIM con el solo requisito de justificar documentalmente su pertenencia a ASEPA y recíprocamente.
2. Que los socios de cada una de las asociaciones. objeto de este acuerdo, que ingresen en la otra gocen de los mismos derechos que el resto de los socios excepto los de representación y participación en los órganos colegiados y unipersonales y estarán exentos de pago de las cuotas de la segunda Asociación en la que realicen su ingreso.
Este acuerdo no tiene fecha de caducidad.